Es el depósito de valores mobiliarios que realiza el depositante o inversor con el fin de que sean custodiados por el depositario autorizado, así como de que cuide el cobro de los derechos económicos y comunique al depositante las incidencias que afecten al valor en sí (ampliaciones o reducciones de capital, canjes y conversiones, amortización, opas etc..). El artículo 308 del Código de Comercio se refiere a estos depósitos y obliga a los depositarios de títulos, valores, efectos o documentos que devenguen intereses, quedan obligados a realizar el cobro de éstos en las épocas de sus vencimientos, así como también a practicar cuantos actos sean necesarios para que los efectos depositados conserven el valor y los derechos que les correspondan con arreglo a las disposiciones legales.
Deposito de valores
Últimas Noticias
El oro marca un nuevo récord histórico; la plata, en máximos de 11 años
El Dow Jones pone en peligro los 40.000 mientras S&P 500 y Nasdaq suben ligeramente
Calendario y condiciones de la OPA de ISQ y TDR sobre Applus
JPMorgan Chase eleva sus previsiones de ingresos para 2024
Acciona Energía desarrolla un proyecto fotovoltaico en República Dominicana